ACADEMIA DE HISTORIA DE CUNDINAMARCA
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200 años de la Primera Constitución


Los derechos que ahora se reconocían a los ciudadanos, que hasta entonces eran tratados como plebeyos o súbditos, eran puestos de presente enestos términos: “...véis aquí al americano por la primera vez en ejercicio de los derechos que la naturaleza, la razón y la religión le conceden, y de que los abusos de la tiranía le habían privado por espacio de tres siglos. No es esta la voz imperiosa del despotismo que viene del otro lado de los mares: es la de la voluntad de los pueblos de esta provincia, legítimamente representados. No es para vivir sin ley para lo que habéis conquistado vuestra libertad, sino para que la ley, hecha con vuestra aprobación, se ponga en lugar de la arbitrariedad y los caprichos de los hombres. Leedla, estudiadla, meditadla; y luego que en los corazones de vuestros parroquianos, de vuestros hijos y de vuestros domésticos se hayan profundamente grabado los santos misterios y las máximas del cristianismo, poned en sus manos este volumen, enseñadles a apreciar el don que hemos adquirido, y hacedlos sensibles a los intereses de la libertad y felicidad de su patria!”
El documento fue certificado por los dos secretarios del Colegio Constituyente y Electoral, el “Secretario de Estado” Don Frutos Joaquín Gutiérrez  y el “Secretario del Despacho universal de Gracia y Justicia” Don José Acevedo y Gómez, consagrado en las páginas de la historia como “el Tribuno del pueblo”.
La Constitución plasmada en 342 artículos agrupados en catorce capítulos, recoge   en 16 de ellos, bajo el Título XII, los Derechos del Hombre y el Ciudadano; los demás determinan de la forma de Gobierno y sus bases, de la Religión, de la Corona, de la Representación Nacional, del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo, del Poder Judicial, de las Elecciones, de la Fuerza Armada, del Tesoro Nacional, de la Instrucción Pública, de los Deberes del ciudadano, y Disposiciones Generales.
En lo relativo al tesoro nacional, se contempla que todo ciudadano tiene la obligación de contribuir para el culto divino y la subsistencia para los Ministros del Santuario, para los gastos del Estado, la defensa y seguridad de la patria, el decoro y la permanencia de su gobierno, la administración de justicia y la Representación Nacional. Subsisten por tanto, los impuestos las contribuciones, la custodia y la administración de los caudales del erario público.
En el campo de la educación (Instrucción Pública), se ordena establecer escuelas de primeras letras y dibujo en todos los poblados con separación de los dos sexos. La educación se orienta a enseñar a leer, escribir, dibujar, primeros elementos de la geometría, y antes que todo la Doctrina Cristiana y las obligaciones y los derechos del ciudadano, conforme a la constitución.
Como curiosidad al texto de la Constitución de 1811 se agrega un Apéndice con cuatro decretos expedidos por el Presidente, Jorge Tadeo Lozano, quien entrado en funciones unos días atrás, los había proferido el día 26 de marzo, sobre estos temas: un indulto para todas las personas presas, o detenidas; un olvido para con las personas que hasta ahora hayan estado opuestas a la causa patriota; un reconocimiento de “amigos” a quienes respeten la Constitución y reconozcan la independencia y por último insta a que se convoque un Sínodo y recomienda la Ley de indias.
La Constitución del estado de Cundinamarca era la primera carta política de nuestra patria y de Latinoamérica. Aunque anteriormente se había expedido la Constitución del Socorro, la de Cundinamarca era la primera constitución que podría tener alcance nacional, es más amplia y reúne una estructura más concreta de lo que en si puede ser una constitución.

            J. David Rubio Rodríguez
Presidente
Academia de Historia de Cundinamarca

CONSTITUCIÓN DE 1811

INTEGRANTES DEL COLEGIO ELECTORAL
FIRMANTES DE LA CONSTITUCIÓN

 

Presidente (y diputado de Bosa)
Jorge Tadeo Lozano.

Vicepresidente (Delegado por la villa del Espinal)
Fernando Caycedo.

Secretarios
Camilo Torres
Frutos Joaquín Gutiérrez

Secretario de Estado y del Despacho universal de Gracia y Justicia
Don José Acevedo Gómez.

REPRESENTACIONES

Por la:
Parroquia del Sagrario de la Iglesia Catedral,
Camilo Torres.
Manuel Camacho y Quesada.

Parroquia de Las Nieves de Santafé,
Santiago Torres y Peña.
Francisco Morales.

Parroquia de Santa Bárbara de Santafé,
Doctor Juan Gil Martínez Malo.
Luis Eduardo de Azuola.

Parroquia de San Victorino de Santafé,
Doctor Vicente de la Roche.
Felipe Gregorio Alvarez del Pino.

Villa y el partido de Zipaquirá,
Enrique Umaña
José María Domínguez del Castillo.
Bernardino Tobar.
Domingo Camacho.
José María del Castillo.
Frutos Joaquín Gutiérrez.

Villa y el partido de Ubaté,
Fray Manuel Rojas.
Luis Pajarito.
José Tadeo Cabrera.

Villa y el partido de Bogotá,
José Gregorio Gutiérrez.
Santiago Umaña.
Isidro Bastidas.

Villa y el partido de Chocontá,
Juan Nepomuceno Silva y Otero
doctor Tomás de Rojas
            Fray Juan José Merchán Provincial de San Juan de Dios.
Francisco Javier Cuevas
José María Araos
José Cayetano González.

Partido de Ubaque,
Fray José de San Andrés Moya.
Matías Melo Pinzón.
            Juan de Ronderos G rafales.

Partido de Bosa,
Juan Agustín Chaves.

Villa y partido de Guaduas,
Andrés Pérez.
Manuel Francisco Samper.

Ciudad de Tocaima,
Juan Salvador Rodríguez de Lago.
Miguel de Tobar.

Villa y partido de La Mesa,
Joaquín Vargas y Vezga.
José Antonio Olaya.

Ciudad y partido de Ibagué,
Fray Juan Antonio de Buenaventura y Castillo,            Maestro Prior de Predicadores.
Juan Dionisio Gamba.

Villa y partido del Espinal,
Juan Antonio García.

Ciudad y partido de La Palma,
Bachiller José Ignacio de Vargas.